Inicia sesión en ADI! para poder responder a elenadiazz:

Iniciar sesión

Propuesta de elenadiazz

elenadiazz

25 de Febrero, 2015 · 21:45h

Votos positivos: 0
Votos negativos: 0

25 de Febrero, 2015 · 21:45h

Votos positivos: 0 | Votos negativos: 0

Debate: Proyecto de Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas

Respecto a lo leído, comenzaré destacando el artículo 18, que protege a los menores de edad. Me parece relevante el hecho de poner una clausula que además de limitar el acceso a espectáculos a los » Leer másque no cumplen con la mayoría de edad por otro lado se les permita acceder a salas de fiesta bajo una serie de premisas como son publicidad restringida, alcohol excluído, horario bajo los reglamentos y espectáculos adecuados a la edad que eviten herir sensibilidades. Es interesante la forma en la que la permisibilidad de realizar algo para menores esté tan estrechamente relacionada con el cuidado de su integridad física y psíquica.
En el artículo 20, respecto al derecho de admisión, valoro que es una cláusula verdaderamente necesaria puesto que hoy en día existen multitud de personalidades que pueden llegar a afectar el normal desarrollo de un negocio de hostelería ya sea por su condición ebria,bajo el efecto de estupefacientes o simple vandalismo. Este tipo de contenciones a personas que se muestran violentas debe tener una resposabilidad directa con los dueños de los locales que han de encargarse de que personal especializado lleve este tipo de actuaciones. En ningun caso y me parece adecuado hacer pie en ello, ningun motivo como la orientación sexual,raza, religión u opinión pueden dar pie a limitar el acceso.
Por último otra de los artículos que recalco aquí es el 32, respecto a los espectáculos en espacios abiertos. Creo que estos últimos años en Bilbao se ha dado una gestión muy satisfactoria respecto a esto. Siempre acreditando su cumplimiento y normativas para que todo siga un curso sin contratiempos para las principales victimas
« Leer menos

Responde esta propuesta »